Provincia - Santa Catalina y Lgna. de Rocha

P
aso adelante en la Justicia

(26/09) Atento a la denuncia efectuada el pasado 11 de septiembre por el Defensor del Pueblo de la Nación, a partir del trabajo conjunto con las cinco ONGs que integran el Cuerpo Colegiado de la Cuenca Matanza-Riachuelo, sobre la base del sostenido reclamo ambiental de la población, el juez federal de Quilmes, Dr. Luis A. Armella emitió la primera resolución por la cual requiere a la ACUMAR que en el plazo de diez días informe sobre todo dato referente al predio adquirido por la empresa Covelia S.A. en Santa Catalina, que comprende la Laguna de 35 hectáreas y su entorno ecológico.

Luego que la Defensoría del Pueblo de la Nación solicitara a la justicia disponer medidas para prevenir y evitar inmediatamente eventuales daños ambientales en el predio Santa Catalina en Lomas de Zamora -vendido por la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) a una empresa de recolección de residuos-, el juez federal de Quilmes, Dr. Luís A. Armella emitió la primera resolución, por la cual se requiere a la ACUMAR (Autoridad de la Cuenca Matanza-Riachuelo) que en el término de diez días hábiles informe todo lo relacionado con las restricciones de uso impuestas en esa área, así como qué acciones ha desarrollado esa dependencia vinculada a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, para evitar alteraciones y daños en la Laguna y su entorno –algunos de los cuales ya han comenzado-. Asimismo, se requiere a la ACUMAR QUE informe sobre la existencia de cualquier programa acordado en conjunto con el Municipio de Lomas de Zamora, respecto del sitio.

Para el Defensor del Pueblo, Dr. Anselmo Sella, de seguir en curso ciertas labores ya iniciadas en el predio, daría lugar a consecuencias irreversibles, afectando de manera negativa al Plan de Saneamiento de la Cuenca Matanza-Riachuelo. La intervención de la Defensoría surge de su participación junto a un grupo de entidades que estudiaron la situación de Santa Catalina: la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN); el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS); la Asociación Vecinos de la Boca; Greenpeace y la Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos. Estas organizaciones integran el Cuerpo Colegiado designado por la Corte Suprema de Justicia en el marco de la Causa Matanza-Riachuelo.

A la par, desde la campaña local de defensa ambiental de Santa Catalina y Rocha llevada adelante desde hace más de 2 años es muy bien recibida la noticia de estos primeros pasos de la justicia en defensa de los últimos ecosistemas naturales de la región, y se preparan nuevos eventos, movilizaciones y programas de difusión. Los vecinos han logrado reunir hasta el momento más de 45 mil firmas solicitando al Sr. Gobernador que tanto Santa Catalina (Lomas de Zamora) como Lagunas de Rocha (Esteban Echeverría) sean declaradas Reservas Naturales Provinciales por decreto, conforme al art. 3 de la Ley 10.907. La campaña cuenta con la adhesión de medio centenar de organizaciones y centros vecinales.

Recordamos que la riqueza biológica, el aporte de este humedal a la normal dinámica hidrológica de la región, los valores históricos y arqueológicos, y el hecho de hallarse en medio de una matriz urbana de más de 500.000 habitantes carentes de espacios verdes suficientes son algunos de los factores más significativos al momento de considerar la necesidad de preservar a perpetuidad estos espacios naturales.

El sector de Santa Catalina que la UNLP vendió en agosto de 2008 está zonificado como "Espacio Verde Público" (EPV) según las ordenanzas 3861 y 3933/83 de Lomas de Zamora. Dicha normativa establece que los EPV deben ser "sectores públicos en los que predomine la vegetación y el paisaje, cuya función principal será servir a la recreación de la comunidad y contribuir a la depuración del ambiente". La legislación bonaerense determina, además, que "por ninguna razón podrá modificarse el destino de la áreas verdes y libres públicas, ni desafectarse para su transferencia a entidades o personas privadas", como reza el artículo 60 del decreto/ley N° 8.912

 
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