Provincia

Media sanción para la ley que suspende la apertura de nuevas “saladitas”

(23/06) La acción responde a una iniciativa presentada por el Diputado Provincial Daniel Rodríguez y tiene por fin evitar la competencia desleal

El proyecto de ley aprobado ayer por la tarde, por la cámara de diputados de la Provincia de Buenos Aires, suspende por 180 días las autorizaciones, habilitaciones o permisos para la apertura de nuevos emprendimientos comerciales conocidos como ferias o saladitas. La iniciativa fue presentada por el diputado Daniel Rodríguez (FPV).
Según indica el articulo 1ero de la norma, se suspende “en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, toda autorización, habilitación o permiso relativo a la puesta en funcionamiento o apertura, de mercados y/o ferias informales. Considerando por mercado o feria informal a los efectos de la presente ley, cualquier modalidad organizativa que implique la agrupación de puestos internos o al aire libre, no artesanales, destinados a la venta, al por mayor o por menor dentro de un mismo predio”.
Al respecto, el diputado Daniel Rodríguez (FpV-PJ), autor del proyecto, consideró que es “necesario elaborar una normativa provincial que sirva de guía y homogenice la acción de todos los municipios en este tema, porque para la sucesión de formatos comerciales tipo ‘La Salada’ que pretenden instalar en diversas ciudades de la Provincia, no existe una normativa homogénea que haga al correcto ordenamiento y la sana competencia comercial”.
Al momento de elaborar el proyecto, Rodríguez, tuvo en cuenta que “el comercio minorista cumple un rol fundamental en las ciudades, no solamente por el servicio que prestan a la comunidad como proveedores de la más diversa gama de productos para satisfacción de las necesidades de sus habitantes, sino también porque terminan influyendo en forma determinante en la diagramación urbanística de la ciudad, convirtiéndose en centros de paseo, atracción, recreación, aportando de manera fundamental a la configuración de la ciudad”.
Por lo cual, resulta “esencial generar políticas locales hacia el comercio minorista, que hagan a su ordenamiento, tratando de tener reglas claras e igualitarias que posibilite que la mayoría del mismo este en la formalidad, cumpliendo las normas de habilitación e inscripción en los Organismos de control, que garantice la formalidad y transparencia en su actividad”.
Además sostiene que “cuando se detectan vacíos legales en las ciudades, respecto de la instalación de formatos comerciales no contemplados en las mismas, o normas que no son claras ni garantizan la igualdad en la comercialización, el Estado Provincial debe establecer las normativas generales a la que se deben atener los Municipios a fin de homogeneizar las mismas en todas las comunas de la provincia”.
La norma, regirá como lo indica el texto del proyecto aprobado, “a partir de la publicación oficial de la presente ley”. Ahora, se espera su tratamiento en la cámara de senadores donde se deberá analizar su aprobación definitiva.

 
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